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Actualidad / Económico

El Consejo Comarcal del Bages anuncia una ayuda económica

04/06/2020

El Consejo Comarcal del Bages ha anunciado la convocatoria de una ayuda económica para profesionales y microempresas del Bages afectados económicamente por las consecuencias de la COVID-19.

La convocatoria se ha abierto con una ayuda a fondo perdido de 450.000€. El principal objetivo es ayudar al tejido económico del territorio con una subvención igual para todas las personas que se puedan beneficiar de entre 300€ y 100€ hasta un máximo de 1.500 personas. Te detallamos los principales aspectos:


DESTINATARIOS:

- Autónomos (no incluye los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles, de sociedades civiles privadas, de comunidades de bienes, de cooperativas o sociedades laborales, los miembros de órganos de administración de sociedades y los trabajadores y trabajadoras autónomos colaboradores).

- Microempresas con un máximo de 6 trabajadores.

- Cooperativas con un máximo de 6 trabajadores.


REQUISITOS:

- Estar dado de alta, como mínimo durante el primer trimestre del Año 2020, en actividades económicas suspendidas por el estado de alarma.

- Desarrollar actividades y tener la sede fiscal en la comarca del Bages.

- Tener un máximo de 6 trabajadores en el momento de presentar la solicitud.

- Tener una facturación máxima de 600.000€ en el último ejercicio.

- Cumplir con las obligaciones tributarias delante del Estado, la Generalitat de Cataluña y la Seguridad Social.

- Cumplir con las obligaciones tributarias del ejercicio presupuestario 2019 delante del ayuntamiento donde tenga la sede la empresa.


IMPORTE:

De 300€ a 100€ dependiendo del número de solicitudes presentadas.


PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Hay 20 días naturales des de el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria. Se prevé la apertura de las solicitudes la segunda semana de junio.


COMPATIBILIDAD:

 Esta ayuda es compatible con otras ayudas destinadas a la misma finalidad.


DOCUMENTACIÓN:

El cumplimiento de los requisitos se ha de acreditar mediante la signatura de una declaración responsable que incluye el impreso de la solicitud de la ayuda.

Únicamente en el caso de empresas, se deberá adjuntar la escritura de constitución de la sociedad y de la inscripción de sus estatutos en el Registro Mercantil o el Registro correspondiente.