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Actualidad / Fiscal

Llega el "cheque guardería" de 1.000 euros

22/01/2019

Las madres de hijos menores de 3 años podrán cobrar una nueva ayuda de hasta 1.000 euros para cubrir gastos de guardería en la próxima declaración de la Renta.

Esta nueva deducción se une a la ya existente para madres trabajadoras con hijo a cargo de entre 0 y 3 años en el IRPF, que asciende a 1.200 euros anuales o 100 mensuales.


QUIEN SE PUEDE BENEFICIAR DE ESTE CHEQUE DE 1.000 EUROS?

Está previsto para madres trabajadoras, pero en el caso de muerte de esta que la tutela del menor esté a cargo del padre también se puede aplicar esta deducción. Mujeres con hijos menores de 3 años, que tengan derecho por mínimo descendente, que hayan cotizado a la Seguridad Social o a la mutualidad alternativa correspondiente y que durante el ejercicio 2018 hayan pagado los gastos de guardería.

Para poder disfrutar de este "cheque guardería", los centros de educación infantil tienen hasta el 15 de febrero para remitir, vía cumplimiento del Modelo 233, la información pertinente de sus alumnos. Este primer año para las guarderías les supondrá una carga de trabajo grande, ya que no tienen los datos entrados. De cara los siguientes, esta carga se reducirá muchísimo.

En todo caso, desde la Federación Española de Familias Numerosas se recomienda asegurar con la guardería o el centro que se está al tanto de que deben enviar la información a la Agencia Tributaria. Asimismo, se aconseja guardar los recibos y comprobantes de los pagos realizados.

De este modo, las madres quedan exentas, por ahora, de realizar ninguna operación ya que la información remitida por la guardería se recibe por la Agencia Tributaria que la almacena. Los centros informaran tanto de las cuotas anuales pagadas como de los meses en que los menores han estado inscritos.

Cuando llegue el periodo de la Renta 2018 (del 2 de abril al 1 de julio) los padres recibirán esta información fiscal que la Agencia Tributaria envía cada año y por tanto, sabrán si se puede o no aplicar la deducción cuando se realice la declaración de la Renta.


OTROS REQUISITOS:

Para poder ser beneficiaria de esta nueva deducción debes cumplir con otros requisitos:

1. Lo primero es que debes tener escolarizado a tu hijo, o hijos, en un centro de educación infantil o guardería autorizado en el que realices el pago por el servicio de manera periódica.

2. Se tendrá en consideración tanto el importe pagado por la madre como el satisfecho por el otro progenitor, adoptante, tutor o acogedor. Pero ¡ojo! si es tu empresa quien paga los gastos del centro escolar o has recibido algún tipo de subvención no tendrás derecho a la ayuda, al menos no de manera íntegra.

3. Se incluyen los gastos de matrícula e inscripción, asistencia general y ampliada (acogida) y la alimentación (comedor), y siempre por meses completos.


CUANTÍA DEL CHEQUE GUARDERÍA DE 1.000 EUROS:

Aunque se hable de una nueva ayuda de 1.000 euros, en realidad ese es el tope a cobrar. La cantidad exacta que te corresponde se calcula de forma proporcional al número de meses que se cumplan los requisitos y está prevista que tenga dos límites:

1. El máximo de percepción es de 1.000 euros. En caso que los padres paguen más, no se cobrará más que este importe.

2. En función de las cotizaciones pagadas a la Seguridad Social o a la mutualidad.

Es una deducción para todos igual. No son objeto de deducción las cuotas que se paguen directamente por la empresa o el empleador del padre o la madre (el cheque guardería no es objeto de deducción. Tampoco las cantidades subvencionables , bien por la CC.AA, etc).

Por tanto, es recomendable en estos casos, que cada familia, en función de las cantidades que paga de guardería y en función del tipo de renta que tiene cada uno de los progenitores (los cheques guardería son cantidades exentas en renta y esta exención está prevista tanto por el padre como por la madre), que en cada supuesto calculen si les sale más ventajoso fiscalmente gozar de esta deducción o cobrar esta parte en retribución que esté exenta mediante los cheques guardería.


EL MODELO 233 DEL CHEQUE GUARDERÍA DE 1.000 EUROS:

Las guarderías o centros infantiles autorizados son los obligados a presentar la declaración informativa sobre los menores y los gastos que den derecho a la deducción, cumplimentando el Modelo 233: Declaración informativa por gastos en guarderías o centro de educación infantil autorizados.

Es un modelo al que está obligado, exclusivamente, el centro educativo, nunca por los progenitores.

¿Y qué información contiene?

1. Primero tendrán que identificarte a ti (NIF, nombre y apellidos) como madre, o identificar a la persona que tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva.

2. También se consignará NIF, nombre y apellidos del otro progenitor.

3. Identificación (nombre, apellido, fecha de nacimiento y, en su caso, NIF) del menor de 3 años.

4. Se incluyen los menores de 3 años que cumplan esa edad en el ejercicio. En este caso la información se ampliará a los meses posteriores en que se cumplan los 3 años y hasta el mes anterior a aquel en el que el menor pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.

5. Cuantificar los meses completos en la guardería o centro de educación infantil.

6. Gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil, independientemente de la parte, en caso de haberla, que haya sido subvencionada o satisfecha por la empresa en la que trabaje cualquiera de los progenitores o tutores.

7. Habrá que indicar el importe subvencionado, en caso de haberlo, que se haya abonado directamente a la guardería o centro de educación infantil autorizado.


Y, si bien en este inicio de 2019 hay hasta el 15 de febrero para presentarlo, el plazo normal de presentación del Modelo 233 será el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato al anterior.